Regl. 8792, art. XIII-13.3.1 dup2
Carga Básica
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Cite as Reglamento Núm. 8792, Art. XIII-13.3.1 dup2
Horas Semanales
La carga básica de un profesor regular o temporero a tiempo completo será de
treinta y cuatro horas (34) por semana. Estas se desglosan de la siguiente manera:
Horas de Enseñanza (Contacto Directo con los Estudiantes)
Cada profesor deberá tener el equivalente a quince (15) horas semanales de
contacto directo con el estudiante en el caso del programa de Bachillerato, y doce (12)
horas semanales de contacto directo con el estudiante en el caso de programas de
MaestrÃa.
Horas para Tareas Administrativas
Cada profesor tendrá un total de (4) horas semanales que se utilizarán para
atender estudiantes para consultas individuales, asistir a las reuniones de Facultad,
Departamento 0 comités institucionales 0 cualquier otra tarea administrativa. Estas horas
15
serán compartidas entre estas tareas según las necesidades institucionales. La ayuda y
orientación individual al estudiante es una función indispensable de la docencia asà como
también lo es la participación del claustro en el proceso de toma de decisiones
institucional. Por ello, cada profesor regular o temporero del Conservatorio tendrá la
obligación de ofrecer ayuda y orientación individual a sus estudiantes asà como de asistir
a todas las reuniones que le sean requeridas. El horario dedicado a la labor de orientación
será informado al Decano de Asuntos Académicos y Estudiantiles. La comparecencia a
reuniones citadas por los oficiales administrativos o docentes de la institución, será
documentada mediante las hojas de asistencia a reuniones.
Preparación de Cursos
Cada profesor dedicará quince (15) horas en el caso de Bachillerato, dieciocho
(18) en el caso de MaestrÃa, fuera de sus horas de contacto y de oficina a la preparación
de los cursos académicos que dicta, a estudios particulares e investigaciones propias de su
materia de especialización y a la preparación y evaluación de pruebas y exámenes, asÃ
como a otros trabajos de oficina relacionados con la labor docente en general. Cada hora
contacto implicará una hora de preparación.
Carga básica de Pianistas Acompañantes/ Correpetidores
La carga académica básica de los Pianistas Acompañantes/ Correpetidores será de
34 horas semanales y se distribuirá como sigue:
18 horas contacto semanales
10 horas de preparación
16
2 horas para asistencia a reuniones o trabajos administrativos que le sean
requeridos. De igual modo que el resto del personal docente, los Pianistas
Acompañantes/ Correpetidores podrá tener hasta un máximo de 6 horas de
sobrecarga.
A los Pianistas Acompañantes/ Correpetidores le aplicarán las mismas
disposiciones de equivalencia de horas contacto por hora de trabajo administrativo.