Regl. 8792, art. XVII-17.3

Reglamento del Personal Docente de la Corporacion del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. El proposito de este reglamento es proveer a los profesores del Conservatorio las guias para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes en el desempeño de sus funciones como educadores.

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Cite as Reglamento Núm. 8792, Art. XVII-17.3

En caso de surgir puestos vacantes, se considerará para nombramiento al personal docente temporero nombrado a tarea completa, que esté debidamente cualificado y evaluado según se establece en el Artículo XXII de este Reglamento.
Regl. 8792, art. XVII-17.3: Reglamento del Personal Docente de la Corporacion del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. El proposito de este reglamento es proveer a los profesores del Conservatorio las guias para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes en el desempeño de sus funciones como educadores. | Justis AI