Regl. 8792, art. XV-15.2
Reglamento del Personal Docente de la Corporacion del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. El proposito de este reglamento es proveer a los profesores del Conservatorio las guias para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes en el desempeño de sus funciones como educadores.
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Cite as Reglamento Núm. 8792, Art. XV-15.2
Excepciones
El(La) Rector(a), previa recomendación del (la) Decano(a) de Asuntos
Académicos y Estudiantiles, podrá reclutar 0 contratar como personal docente a personas
que no reúnan plenamente los requisitos académicos antes mencionados, siempre que
dichas personas se hayan destacado con méritos excepcionales en el campo de su
especialidad. Estas personas podrán ser nombradas en puestos temporeros hasta que
completen el requisito de preparación académica, salvo que la Junta de Directores tome
otra determinación.
Se considera mérito excepcional el de aquel/as personas de trayectoria artÃstica
sobresaliente en su área de especialidad, que hayan demostrado competencias
extraordinarias, incluyendo:
(a) compositores reconocidos con un amplio catálogo de obras publicadas por
casas editoras conocidas e interpretadas por conjuntos musicales profesionales,
para lo cual se muestre evidencia; también se consideraran grabaciones
profesionales y premios obtenidos;
(b) músicos, instrumentistas o cantantes, de amplia experiencia en un conjunto
musical reconocido o coma solistas acompañados por músicos profesionales en
conjuntos o música de cámara, para lo cual se muestre evidencia, asà como
grabaciones profesionales, premios y otras distinciones.
(c) Educadores musicales con amplia experiencia de enseñanza en instituciones
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reconocidas y acreditadas y/o con evidencia de investigación y publicación de
artÃculos ll otro material a través de casas editoras conocidas.
El reclutamiento por merito excepcional deberá ser el producto de un análisis
ponderado que compare solamente los méritos profesionales y académicos de cada
candidato con el perfil de necesidades y las proyecciones de desarrollo académico del
departamento y de la institución."