Regl. 8792, art. XXII-22.3 dup2
Reglamento del Personal Docente de la Corporacion del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. El proposito de este reglamento es proveer a los profesores del Conservatorio las guias para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes en el desempeño de sus funciones como educadores.
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Cite as Reglamento Núm. 8792, Art. XXII-22.3 dup2
Normas y procedimientos de evaluación de profesores
El proceso de evaluación se iniciará durante el semestre en el cual el
profesor comience su labor docente. La evaluación de los profesores será
responsabilidad del (la) Decano(a) de Asuntos Académicos y Estudiantiles, quien
podrá delegar la misma en el (la) Decano(a) Asociado(a) de Asuntos
Estudiantiles.
a. Durante el proceso de evaluación, cada candidato tendrá la
oportunidad de discutir el resultado de su evaluación.
b. Terminado el proceso de evaluación, el (la) Decano(a) de Asuntos
Académicos y Estudiantiles presentará un informe escrito al (la)
Rector(a) que contendrá los fundamentos, hallazgos, conclusiones,
recomendaciones y prioridades relativas a la evaluación.
c. En caso de ascensos y cambios, el (la) Rector(a) someterá las
recomendaciones a la Junta de Directores para su decisión final.