Regl. 8792, art. XXIV-24.3 dup2

Reglamento del Personal Docente de la Corporacion del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. El proposito de este reglamento es proveer a los profesores del Conservatorio las guias para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes en el desempeño de sus funciones como educadores.

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Cite as Reglamento Núm. 8792, Art. XXIV-24.3 dup2

Años de Servicio Mínimos para solicitar Ascenso 1. Ascenso a Catedrático Auxiliar Para ser promovido a Catedrático Auxiliar, el candidato deberá haber ocupado la posición de Instructor durante un periodo mínimo de cuatro (4) años, con evaluaciones satisfactorias. 55 2. Ascenso a Catedrático Asociado Para ser promovido al rango de Catedrático Asociado el candidato debe haber ocupado el rango de Catedrático Auxiliar durante un periodo mínimo de cinco (5) años, con evaluaciones satisfactorias. 3. Ascenso a Catedrático Para ser promovido al rango de Catedrático, el candidato deberá haber ocupado el rango de Catedrático Asociado por un periodo mínimo de ocho (8) años, con evaluaciones satisfactorias.
Regl. 8792, art. XXIV-24.3 dup2: Reglamento del Personal Docente de la Corporacion del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. El proposito de este reglamento es proveer a los profesores del Conservatorio las guias para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes en el desempeño de sus funciones como educadores. | Justis AI