Regl. 3568, art. II

INCENTIVOS QUE SE OFRECEN

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Cite as Reglamento Núm. 3568, Art. II

Las actividades para las cuales se ofrecerán incentivos para el desarrollo de pequeños agricultores de la Empresas de Piña consisten de: 1) Abono para siembras nuevas de piñas (plantilla), 2) Abono para siembra de retoños, 3) Ayuda económica para la compra de equipo que facilite las labores de cultivo de las siembras de piñas, 4) Ayuda económica en el costo del inducido de la florecida de la piña. Actividad I Abono para Siembras Nuevas de Piña (Plantilla) A. Incentivo E1 incentivo consistirá de una orden de abono de análisis 12-6-10-3 por la cantidad de 5 q.q. por cuerda de siembras nuevas de piñas establecida. Actividad II Abono para siembras de retoños A. Incentivo E1 incentivo consistirá de una orden de abono de análisis 12-6-10-3 por la cantidad de 5 q.q. por cuerda de siembras de retoños de piñas establecidas. Actividad III Ayuda Económica para la Compra de Equipo A. Incentivo E1 incentivo consistirá de una ayuda económica del cincuenta (50) por ciento del costo del siguiente equipo hasta una aportación máxima de $300.00 por agricultor año programa. 1. Bombas de mochila 2. Bombas motorizadas 3. Motocultores e implementos Actividad IV Ayuda Económica en el Costo del Inducido de la Florecida de la Piña A. Incentivo E1 incentivo consistirá de una ayuda económica de veinte (20) dólares por cada cuerda sembrada de piña en las cuales se utilice etileno, Etrel, carburo cálcico 0 cualquier otro compuesto químico que induzca su florecida. -3- zonas consideradas propias para el cultivo de la piña y que posean siembras de piñas desde una (1) cuerda hasta un máximo de quince (15) cuerdas. Agricultores con siembras de piñas de más de quince (15) cuerdas no cualificarán para los incentivos y ayudas económicas ofrecidas en estas normas.
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