Regl. 8793, art. 7-7.11 dup2

Asignación de Clases de Puestos a las Escalas de Retribución

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Cite as Reglamento Núm. 8793, Art. 7-7.11 dup2

La Autoridad Nominadora asignará las clases que integren los planes de clasificación a las escalas de sueldos contenidas en el plan de retribución basado principalmente en la jerarquía relativa que se determine para cada clase dentro de cada plan de clasificación. Además, podrá tomar en consideración, la dificultad existente en el reclutamiento y la retención del personal para determinadas clases; los sueldos prevalecientes en otros sectores de la economía para la misma ocupación; las condiciones especiales y la situación fiscal del Conservatorio. La Autoridad Nominadora, al comienzo de cada año fiscal, asignará las clases de puestos comprendidos en cada plan de clasificación a las escalas contenidas en el plan de 36 retribución y circulará el documento que contenga dicha asignación entre las distintas dependencias del Conservatorio. Además, la Autoridad Nominadora podrá reasignar cualquier clase de puesto de una escala de retribución a otra de las contenidas en el plan de retribución, cuando la necesidad o conveniencia del servicio así lo requiera; como resultado de un estudio que se realice respecto a una clase de puestos, una serie de clases, o un área de trabajo, 0 por exigencia de una modificación al plan de clasificación correspondiente. El documento de asignación incluirá el número de codificación asignado a la clase y el período probatorio correspondiente.
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