Regl. 8794, art. 21
Condiciones sanitarias
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Cite as Reglamento Núm. 8794, Art. 21
La propiedad arrendada, los alrededores y el equipo se mantendrán en buen
estado, limpios, secos y libre de desperdicios. Las operaciones de limpieza
garantizarán que no haya ninguna posibilidad de contaminación en los
alimentos. La limpieza, excepto aquellas de carácter de emergencia, se llevará a
cabo durante los perÃodos en que menos cantidad de alimentos y bebidas queden
expuestas, tales como después de cerrado el establecimiento para el público o
durante las horas de menos congestión de servicio.