Regl. 8795, art. III-1
El Rector del Conservatorio de Música de Puerto Rico, como
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Cite as Reglamento Núm. 8795, Art. III-1
autoridad Máxima académica y administrativa, ejercerá
supervisión directa con la ayuda del Decano de Administración y
Finanzas sobre la utilización del equipo e instrumentos musicales
de la institución.
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