Regl. 3588, art. 5-503
- Denegación, Suspensión o Cancelación de Registros,
Cite as Reglamento Núm. 3588, Art. 5-503
Licencias, Certificaciones 0 Permisos
En adición a lo dispuesto anteriormente en este Reglamento,
el Secretario podrá, sujeto al procedimiento establecido en el
2. Falta de pago, dentro de los treinta (30) dÃas siguientes
a la fecha de imposición, de cualquier multa administrativa
impuesta por violación a cualquier disposición de esta
Ley O de este Reglamento;
3. No haber rendido, dentro del término establecido por la
Ley, el informe de ventas de plaguicidas y dispositivos
requerido bajo la autoridad de la Ley y de este Reglamento;
4. Haber hecho cualquier declaración falsa 0 engañosa en
cualquier informe trimestral de ventas requerido bajo la
autoridad de la Ley y de este Reglamento;
5. Haber sometido cualquier información falsa O engañosa en
cualquier solicitud de registro, licencia, certificación
o permiso radicado bajo la autoridad de la Ley y de este
Reglamento.