Regl. 8795, art. IV-6

Reglamento Para el Alquiler de Instrumentos y Equipo del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. Se promulga este reglamento a los fines de establecer reglas y normas generales sobre arrendamiento y uso de instrumentos musicales y equipo para fines educativos, artisticos y culturales.

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Cite as Reglamento Núm. 8795, Art. IV-6

El arrendatario contratará y pagará el personal técnico, la seguridad y mantenimiento que requiera para montar, programar, ensayar, prestar y desmontar su espectáculo 0 actividad. Las partes reconocen la naturaleza y valor de equipos e instrumentos del Conservatorio y acuerdan que sólo aquel personal que ha sido reconocido por el Rector o representante autorizado del Conservatorio podrá ser autorizado para usar los mismos.
Regl. 8795, art. IV-6: Reglamento Para el Alquiler de Instrumentos y Equipo del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. Se promulga este reglamento a los fines de establecer reglas y normas generales sobre arrendamiento y uso de instrumentos musicales y equipo para fines educativos, artisticos y culturales. | Justis AI