Regl. 8796, art. III

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 8796, Art. III

Las palabras y frases usadas en este Reglamento se interpretarán según el contexto y el significado según su uso común y corriente. Comprador Persona 0 funcionario de la Corporación a quien se le haya expedido un nombramiento de Oficial de Compras. Conservatorio Se refiere a la Corporación del Conservatorio de Música de Puerto Rico. "Contract Bond" Seguro que garantiza el cumplimiento de los acuerdos de la orden de compra y cualquier tipo de obligación por parte del suplidor. Cotización Precio ofrecido por el suplidor por bienes o servicios solicitados por el Conservatorio. Emergencia Es una situación imprevisible e inesperada que de no atenderse de inmediato resulta en peligro para la vida o salud, o en detrimento, atraso 0 paralización de los servicios que ofrece el conservatorio. Sólo se considerará emergencia los sucesos o situaciones que bajo los criterios anteriores requieran una solución inmediata; si la situación puede esperar, no constituirá emergencia. Jefe de Contabilidad Persona responsable de las transacciones fiscales e implementación de los controles internos adecuados del Departamento de Finanzas. Junta de Directores Se refiere a la Junta de Directores de la Corporación del Conservatorio de Música de Puerto Rico. Orden de Compra Es el documento oficial que emite el Oficial de Compras y autorizado por los oficiales correspondientes se envía al suplidor para adquirir un bien o un servicio. 4 Prepagados - Gastos prepagados. Gastos pagados por adelantado y registrados en una cuenta de activos antes de ser usados o consumidos. "Receiving"- Informe de recibo de la mercancía y los servicios. Receptor Persona encargada de recibir y certificar la mercancía y los servicios recibidos. Rector Se refiere al Rector del Conservatorio de Música de Puerto Rico. Requisición Es el formulario oficial mediante el cual los programas, departamentos u oficinas solicitan la compra de equipo, servicios 0 materiales. Suplidor - Persona natural 0 jurídica, casa comercial o firma a la que se hace la compra de materiales, equipo 0 servicios. Única Fuente de Abasto La existencia de un único suplidor. Único Suplidor - Única persona que está dispuesta a servir el bien, 0 a prestar el servicio que se interesa en el momento y bajo las condiciones que se solicita.
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