Regl. 8796, art. IV dup2

DISPOSICIONES GENERALES

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Cite as Reglamento Núm. 8796, Art. IV dup2

a. Este Reglamento de Compras regirá toda compra 0 solicitud de materiales, equipo y suministros que realice el Conservatorio con excepción de las compras realizadas a través del Fondo de Caja Menuda, las cuales estarán reglamentadas por el Reglamento del Fondo de Caja Menuda del Conservatorio de Música de Puerto Rico. b. El Oficial de Compras será la persona responsable de proveer el suministro de todo material, equipo o servicio necesario para el funcionamiento del Conservatorio. 5 C. Los programas, departamentos u oficinas someterán al Oficial de Compras, con un tiempo razonable, sus solicitudes de materiales, equipo o servicios. d. Toda compra cuyo valor exceda los $35,000.00 se tramitara utilizando el Reglamento de Subastas del Conservatorio. e. No se fraccionará ninguna orden de compra para obviar el trámite de subasta formal. f. Los empleados y funcionarios del Conservatorio no aceptarán regalos, servicios 0 favores de personas que efectúen negocios o demuestren interés en realizar negocios con el Conservatorio. g. Ningún empleado o funcionario del Conservatorio está autorizado a solicitar la entrega de un bien o la prestación de un servicio sin que se haya emitido previamente la Orden de Compra según las disposiciones de este Reglamento. h. El Decano de Administración y Finanzas será la persona responsable de crear los formularios y procedimientos necesarios para poner en vigor este Reglamento. i. El Jefe de Contabilidad será responsable de dar seguimiento y fiel cumplimiento de los procesos de compra y responderá directamente al Decano de Administración y Finanzas.
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