Regl. 8796, art. IV dup2
DISPOSICIONES GENERALES
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Cite as Reglamento Núm. 8796, Art. IV dup2
a. Este Reglamento de Compras regirá toda compra 0 solicitud de materiales, equipo y
suministros que realice el Conservatorio con excepción de las compras realizadas a
través del Fondo de Caja Menuda, las cuales estarán reglamentadas por el
Reglamento del Fondo de Caja Menuda del Conservatorio de Música de Puerto Rico.
b. El Oficial de Compras será la persona responsable de proveer el suministro de todo
material, equipo o servicio necesario para el funcionamiento del Conservatorio.
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C. Los programas, departamentos u oficinas someterán al Oficial de Compras, con un
tiempo razonable, sus solicitudes de materiales, equipo o servicios.
d. Toda compra cuyo valor exceda los $35,000.00 se tramitara utilizando el Reglamento
de Subastas del Conservatorio.
e. No se fraccionará ninguna orden de compra para obviar el trámite de subasta
formal.
f. Los empleados y funcionarios del Conservatorio no aceptarán regalos, servicios 0
favores de personas que efectúen negocios o demuestren interés en realizar
negocios con el Conservatorio.
g. Ningún empleado o funcionario del Conservatorio está autorizado a solicitar la
entrega de un bien o la prestación de un servicio sin que se haya emitido
previamente la Orden de Compra según las disposiciones de este Reglamento.
h. El Decano de Administración y Finanzas será la persona responsable de crear los
formularios y procedimientos necesarios para poner en vigor este Reglamento.
i. El Jefe de Contabilidad será responsable de dar seguimiento y fiel cumplimiento de
los procesos de compra y responderá directamente al Decano de Administración y
Finanzas.