Regl. 8796, art. V-5 dup2
Situaciones en que hay un Único Suplidor
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Cite as Reglamento Núm. 8796, Art. V-5 dup2
a. En las situaciones en que hay un único suplidor 0 una sola fuente de abasto
para el bien o servicio que se solicita, la compra deberá estar justificada por
el Director de la Oficina que requiere la compra y por el Oficial de Compras.