Regl. 8797, art. 7

Reglamento sobre Cuentas por Cobrar del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. Este Reglamento se promulga con el proposito de establecer las normas y procedimientos a seguir en el Conservatorio de Musica de Puerto Rico (en adelante "Conservatorio") para: (1) darle el seguimiento adecuado a las cuentas por cobrar del Conservatorio; (2) establecer una provision para cuentas incobrables en aquellas cuentas por cobrar del Conservatorio donde la posibilidad del cobro sea poco probable que ocurra; y (3) establecer el procedimiento para declarar incobrable una cuenta por cobrar del Conservatorio.

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Cite as Reglamento Núm. 8797, Art. 7

Establecimiento de Reservas 6-8 Parte III: Eliminación de Cuentas Incobrables o Llevadas a Pérdida ("Writ-Off") 8
Regl. 8797, art. 7: Reglamento sobre Cuentas por Cobrar del Conservatorio de Musica de Puerto Rico. Este Reglamento se promulga con el proposito de establecer las normas y procedimientos a seguir en el Conservatorio de Musica de Puerto Rico (en adelante "Conservatorio") para: (1) darle el seguimiento adecuado a las cuentas por cobrar del Conservatorio; (2) establecer una provision para cuentas incobrables en aquellas cuentas por cobrar del Conservatorio donde la posibilidad del cobro sea poco probable que ocurra; y (3) establecer el procedimiento para declarar incobrable una cuenta por cobrar del Conservatorio. | Justis AI