Regl. 3590, art. 7

Derechos del Consumidor

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Cite as Reglamento NĂºm. 3590, Art. 7

1. El consumidor tendrĂ¡ derecho a examinar la licencia exhibida O el carnĂ© mostrado por el proveedor antes de que Ă©ste le preste el servicio, hacerle preguntas, y anotar la informaciĂ³n que estime necesaria. 2. El consumidor tendrĂ¡ derecho a resolver el contrato de servicios si el proveedor no le muestra una licencia O carnĂ© vigentes. 3
Regl. 3590, art. 7: Derechos del Consumidor | Justis AI