Regl. 8804, art. 17
Solicitud de donativos de recursos del Fondo; Requisitos
Cite as Reglamento Núm. 8804, Art. 17
Para toda solicitud de recursos provenientes del Fondo para la Masificación del
Deporte, los solicitantes deberán cumplir con los requisitos contenidos en los ArtÃculos
V, VI y VII (excepto el subinciso A-2 de dicho ArtÃculo VII) del "Reglamento para la
Administración de Donativos", Reglamento Número 6840, vigente desde el 14 de julio
de 2004, O cualquier otro Reglamento que derogue O enmiende el mismo.