Regl. 3590, art. 8
Deberes del empresario
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Cite as Reglamento Núm. 3590, Art. 8
1. Todo empresario deberá cerciorarse que cada proveedor
que emplea O contrata tengan su licencia y carné vigentes.
2. Todo empresario deberá informarle a cada proveedor que
emplea O contrata los deberes que le impone este reglamento,
los derechos que este reglamento le otorga al consumidor y los
violaciones que este reglamento tipifica.
3. Todo anuncio comercial de un empresario debe expresar
que los proveedores que emplea O contrata poseen licencia
vigente.
4. Si al lugar de negocios del empresario habitualmente
acuden consumidores para contratar los servicios prestados por
proveedores, el empresario deberá exhibir prominentemente y a
plena vista del público las licencias vigentes de los proveedores que emplea O contrata.