Regl. 8804, art. 20

Facultad de la Junta

Last amended: 2014Length: 71 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8804, Art. 20

Conforme lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley 8-2004, según enmendada, Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes, La Junta de Directores tendrá entre sus funciones asesorar, evaluar y recomendar al Secretario toda propuesta para acuerdos de manejo conjunto O convenios de delegación de competencias para la operación y/o manejo compartido de las instalaciones del Programa de Parques Nacionales, O de instalaciones deportivas bajo la jurisdicción del Departamento.
Regl. 8804, art. 20: Facultad de la Junta | Justis AI