Regl. 8804, art. 24
Criterios de elegibilidad
Cite as Reglamento Núm. 8804, Art. 24
1. Será elegible para formalizar un contrato u orden de compra con el
Departamento, aquella persona que:
a. Posea responsabilidad y capacidad financiera para satisfacer las
condiciones de la transacción;
b. Si se trata de una persona jurÃdica, esta deberá estar debidamente
incorporada o constituida y autorizada a hacer negocios en Puerto Rico,
cumpliendo con todas las leyes y disposiciones aplicables al tipo de
entidad de que se trate;
C. Si al momento de solicitar se trata de una persona natural 0 jurÃdica, y
esta posteriormente notifica al Departamento una petición de que se le
sustituya en las negociaciones y trámites por una corporación O sociedad
u otra persona jurÃdica, el Departamento podrá autorizar la sustitución,
siempre que el Departamento determine que no es perjudicial al interés
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público, ni indebidamente onerosa o dilatoria de los procedimientos y que
la persona jurÃdica bajo la cual el solicitante interesa continuar las
negociaciones ha sido incorporada o constituida para todos los efectos
legales. El Departamento podrá requerir la información necesaria para
evaluar la sustitución y establecer las condiciones apropiadas para
autorizar la misma.
2. No será elegible una persona que:
a. Sea funcionario o empleado del Departamento, miembro de los Comités O
de su Junta de Directores, o familiar inmediato o agente de estos 0 que
presenta la solicitud bajo la dirección y para beneficio del funcionario O
empleado en cuestión;
b. Esté impedido por alguna prohibición de la Ley de Etica Gubernamental
vigente, o de alguna otra Ley, incluyendo leyes que establezcan requisitos
para la contratación gubernamental. En aquellos casos en que la Ley de
Etica Gubernamental permita a una persona contratar si obtiene una
dispensa, éste podrá gestionarla y al acreditar satisfactoriamente que
obtuvo la misma, se le considerará elegible desde la fecha en que
presentó la solicitud;
C. Tenga una deuda vencida con el Departamento;
d. AI ser requerido por el Departamento, no evidencie satisfactoriamente su
capacidad financiera para llevar a cabo la transacción;
e. Omita suplir información material, o someta información material falsa al
Departamento;