Regl. 8804, art. 4
Aplicabilidad
Cite as Reglamento Núm. 8804, Art. 4
(a) Este Reglamento regirá la licitación y adjudicación de las solicitudes de
propuestas para la contratación de: (1) toda propuesta para un acuerdo de
manejo conjunto, convenio de operación O mantenimiento, o delegación parcial
de operación de instalaciones del Programa de Parques Nacionales proveniente
de cualquier entidad, corporación u organizaciones tanto gubernamental a nivel
central O municipal, O privadas, con o sin fines de lucro, que demuestren
capacidad económica, física y gerencial; (2) a todo tipo de financiamiento,
préstamo, donativo O inversión que se autorice a favor de cualquier proyecto de
desarrollo del deporte y la recreación en Puerto Rico, con los recursos
provenientes del Fondo para la Masificación del Deporte en Puerto Rico,
siempre que el precio no sea el único elemento determinante a evaluarse en la
adjudiciación.
(b) La Junta de Directores podrá eximir del requisito de solicitud de propuestas,
mediante Resolución, cuando se entienda que es la forma más justa, económica
y que promueve los mejores intereses y objetivos del Departamento.