Regl. 8809, art. 6

DISPOSICIONES DE OTROS REGLAMENTOS Y OTROS DOCUMENTOS DEL

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Cite as Reglamento Núm. 8809, Art. 6

DEPARTAMENTO. Las disposiciones de este reglamento se complementarán con las disposiciones de cualquier otro reglamento del Departamento y leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A tales fines, cualquier solicitud para uso y aprovechamiento de los bienes de dominio público O los recursos naturales en éstos, que se rijan por otros reglamentos del Departamento, se tramitarán conforme a lo dispuesto en dichos reglamentos.
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