Regl. 8814, art. 155.1
Aviso a tercero de presentación de agrupación en las respectivas
Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 155.1
fincas
La nota al margen requerida por el segundo párrafo del ArtÃculo 155 de la Ley para dar
aviso a tercero se hará en cada finca a ser agrupada mediante nota marginal que indique los datos
de presentación del tÃtulo en la finca de mayor cabida.