Regl. 8814, art. 158-125.1

Reservada para el Artículo 125 de la Ley

Last amended: 2005Length: 28 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 158-125.1

TÍTULO VI DERECHO HEREDITARIO Reglamento General para la Ejecución de la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico Página Núm. 37
Regl. 8814, art. 158-125.1: Reservada para el Artículo 125 de la Ley | Justis AI