Regl. 8814, art. 158-204.3
Reducción del derecho inscrito
Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 158-204.3
Se considerará reducido el derecho inscrito cuando se disminuya la cuantÃa del derecho
por:
1.
Renuncia del interesado
2.
Convenio entre las partes
3.
Efecto natural del contrato que da causa a la inscripción
4.
Sentencia judicial.