Regl. 8814, art. 158-229.1

Calificación de documentos

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Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 158-229.1

El Registrador considerará como faltas de legalidad las que afecten la forma de los documentos y la eficacia de las obligaciones o derechos contenidos en los mismos, siempre que resulten de su texto 0 puedan conocerse por su simple inspección.
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