Regl. 8814, art. 158-238.4

Nota de caducidad; contenido

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Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 158-238.4

Reglamento General para la Ejecución de la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico Página Núm. 60 La nota de caducidad por no haberse subsanado el defecto deberá expresar la fecha y firma electrónica del Registrador.
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