Regl. 8814, art. 158-242.1

Retiro del escrito de recalificación; procedimiento

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Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 158-242.1

El escrito de recalificación no se podrá retirar sin retirar a su vez el documento notificado. Luego de denegada la inscripción del documento, el notario o su representante autorizado podrá retirar el documento conjuntamente con el escrito. En este caso se entenderá que ha consentido la denegatoria en todos los efectos legales que este acto conlleva.
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