Regl. 8814, art. 158-252.3
Rehabilitación de asientos; derecho real sobre finca no reinscrita
Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 158-252.3
El titular de cualquier derecho real impuesto sobre finca cuyo dueño no hubiese reinscrito
su propiedad, podrá solicitar la reinscripción, siempre que con el título presentado o con otros
documentos fehacientes acredite la adquisición del dominio de la finca o derecho sobre el cual
fue constituido.