Regl. 8814, art. 158-252.3

Rehabilitación de asientos; derecho real sobre finca no reinscrita

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Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 158-252.3

El titular de cualquier derecho real impuesto sobre finca cuyo dueño no hubiese reinscrito su propiedad, podrá solicitar la reinscripción, siempre que con el título presentado o con otros documentos fehacientes acredite la adquisición del dominio de la finca o derecho sobre el cual fue constituido.
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