Regl. 8814, art. 158-259.3
Presentación telemática; cancelación de sellos
Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 158-259.3
La presentación telemática consiste en el acceso por vÃa electrónica al sistema de
informática registral para presentar la imagen de una copia certificada de la escritura o
documento. Los sellos requeridos por ley deberán estar adheridos y cancelados previo a su
digitalización.
Las personas autorizadas a la presentación de documentos por la vÃa telemática deberán
registrarse como usuarios en el sistema de informática registral conforme a los requerimientos
del sistema.