Regl. 8814, art. 158-282.1
Solicitud de cambio de sección
Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 158-282.1
El Registrador de la Propiedad que interese cambiar de sección presentará una solicitud
por escrito al Secretario de Justicia, por conducto del Director Administrativo, expresando las
razones de su petición. El Secretario resolverá lo que proceda.
Reglas 283.1 y 284.1 Reservadas para los ArtÃculos 283 y 284 de la Ley