Regl. 8814, art. 158-305.1

Sello oficial

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El Director Administrativo es el responsable de solicitar al Secretario de Justicia la adopción de un sello oficial que identifique al Registro Inmobiliario Digital de Puerto Rico. Mientras no se adopte un sello oficial, los documentos oficiales del Registro llevarán el sello oficial del Departamento de Justicia. En el caso de las certificaciones registrales, el papel deberá Reglamento General para la Ejecución de la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico Página Núm. 83 revelar el sello oficial del Estado Libre Asociado de Puerto Rico además del sello oficial del Departamento de Justicia.
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