Regl. 8814, art. 158-321.1
Derogaciones
Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 158-321.1
Reglamento General para la Ejecución de la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico
Página Núm. 85
Se deroga cualquier reglamento, orden administrativa, carta circular, memorando,
comunicación escrita o instrucción anterior que esté en contravención con las disposiciones de
este Reglamento.