Regl. 8814, art. 202.1
Cancelación de asientos y de notas marginales
Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 202.1
Los asientos de cancelación podrán ser mediante inscripción o mediante nota marginal
haciendo referencia al asiento de inscripción a ser cancelado.
Las notas marginales que consignen circunstancias o hechos que impliquen adquisición,
modificación 0 extinción de los derechos inscritos se cancelarán por medio de otra nota
marginal, extendida lo más cerca posible de la nota que se cancele.