Regl. 8814, art. 204.3

Reducción del derecho inscrito

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Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 204.3

Se considerará reducido el derecho inscrito cuando se disminuya la cuantía del derecho por: 1. Renuncia del interesado 2. Convenio entre las partes 3. Efecto natural del contrato que da causa a la inscripción 4. Sentencia judicial.
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