Regl. 8814, art. 22.1

Inscripciones bajo una misma finca

Last amended: 2005Length: 89 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 22.1

Se inscribirán como una sola finca y bajo un mismo número: 1. Parte de un terreno, edificado o no, con límites determinados y pertenecientes a un propietario o varios en común proindiviso, y solamente en los casos de arrendamientos y derechos de superficie mientras no exista la edificación. Reglamento General para la Ejecución de la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico Página Núm. 10 2. Los predios a ser agregados de conformidad con el Título VII, Subtítulo B de la Ley.
Regl. 8814, art. 22.1: Inscripciones bajo una misma finca | Justis AI