Regl. 8814, art. 252.3

Rehabilitación de asientos; derecho real sobre finca no reinscrita

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Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 252.3

El titular de cualquier derecho real impuesto sobre finca cuyo dueño no hubiese reinscrito su propiedad, podrá solicitar la reinscripción, siempre que con el título presentado o con otros documentos fehacientes acredite la adquisición del dominio de la finca o derecho sobre el cual fue constituido.
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