Regl. 8814, art. 265.1

Modelos de las minutas

Last amended: 2005Length: 96 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8814, Art. 265.1

Sin menoscabo de la autonomía en la calificación del Registrador, el sistema de informática registral contiene una serie modelos para los distintos negocios jurídicos objeto de inscripción, anotaciones o notas marginales. Estos modelos no podrán ser variados sin la previa autorización por escrito del Director Administrativo. En caso de ser necesario incluir una nueva minuta en el sistema de informática registral, se someterá el modelo al Director Administrativo, quien, una vez aprobada, coordinará con la División de Sistemas de Informática del Departamento de Justicia para la incorporación de dicha minuta a la plataforma digital del registro.
Regl. 8814, art. 265.1: Modelos de las minutas | Justis AI