Regl. 8816, art. VII-3

Informe de Tasación 0 de Valoración

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Cite as Reglamento Núm. 8816, Art. VII-3

Los informes de tasación o de valoración podrán ser preparados por tasadores internos 0 externos contratados para llevar a cabo dicho proceso, según la necesidad del DRNA y en cumplimiento con la Orden Ejecutiva OE-2004-04. Los procesos de tasación se regirán por las siguientes normas 0 guías: 1. Todos los tasadores externos deberán estar autorizados para ejercer su profesión por la Junta Examinadora de Evaluadores de Puerto Rico, acreditando dicha autorización con la debida licencia vigente otorgada por la antes mencionada Junta. 2. Todos los informes de tasación O valoración se prepararán de acuerdo al "Uniform Standards of Professional Appraisal Practice", el "Uniform Appraisal Standards for Federal Land Acquisitions" 0 aquellas guías 0 fuentes aprobadas por el Instituto Americano de Reglamento de Adquisición de Bienes Inmuebles y Derechos Reales DRNA 13 Tasadores de Bienes Raíces (conocido en inglés como "American Institute of Real Estate Appraisers"). 3. En el caso de propiedades a ser adquiridas mediante fondos federales, el tasador debe contar con la certificación de haber tomado el curso del "Yellow Book" y preparar el informe según las guías o parámetros establecidos por el mismo. 4. En el caso de las servidumbres de conservación el informe de valoración debe haber sido preparado de acuerdo a la metodología basada en las guías de valoración del "Land Trust Alliance" según lo requiere la Ley De Servidumbres de Conservación de Puerto Rico, Ley Núm. 183-2001, supra, y especificado en el Artículo X de este Reglamento. 5. Todo contrato de servicios profesionales de tasación 0 valoración incluirá una cláusula donde se requiera la utilización de los pronunciamientos mencionados en los incisos (2), (3) y (4) anteriores. 6. El DRNA podrá, en caso de ser necesario, solicitar los servicios de la Administración de Terrenos del ELA 0 el CRIM para realizar informes de tasación 0 valoración de aquellos bienes inmuebles que van a ser adquiridos. 7. Los informes de tasación 0 valoración incluirán como mínimo lo siguiente: el justo valor de mercado de la propiedad inmueble (incluyendo los métodos de valoración utilizados), una descripción clara de la propiedad inmueble incluyendo cabida y gravámenes, identificación de las estructuras ubicadas en el inmueble, la fecha de preparación del informe, descripción de las ventas comparables, la firma del tasador y cualquier otra información pertinente que sustente las conclusiones del tasador. Reglamento de Adquisición de Bienes Inmuebles y Derechos Reales DRNA 14 8. Todo informe de tasación o valoración deberá someterse ante un tasador revisor para su eventual aprobación 0 rechazo. Este evaluará dicho informe y certificará por escrito su recomendación de aprobación para que sea oficial, 0 de rechazar el mismo, si ese fuera el caso. El tasador revisor podrá ser un empleado del DRNA 0 un tasador externo contratado para esos propósitos, así como del CRIM. 9. En aquellos casos donde el tasador revisor rechace un informe de tasación, el tasador revisor deberá conciliar sus diferencias de valoración con el tasador que llevó a cabo la tasación 0 valorización original de la propiedad inmueble a adquirirse. 10. El informe preparado por el tasador revisor indicará los hallazgos que ha realizado en el informe de tasación o valoración examinado, más los elementos no contemplados en la preparación del informe original, incluyendo los fundamentos específicos por el cual disiente 0 no aprueba dicho informe original. 11. El informe preparado por el tasador revisor incluirá, además, cualquier información, documentación 0 procedimiento que el Instituto Americano de Tasadores de Bienes Raíces (conocido en inglés como "American Institute of Real Estate Appraisers") recomiende y no haya sido contemplado en el informe original. 12. Si el tasador revisor y el tasador que preparó el informe original no pueden conciliar sus diferencias en valor, dicho informe deberá someterse ante el(la) Secretario(a) para que nombre un tasador que le asesore para reconciliar las diferencias y se tome una decisión final. 13. En el caso de tasaciones 0 informes de valoración preparados para proyectos con fondos otorgados por otras entidades estatales O federales, la preparación y aprobación final de los Reglamento de Adquisición de Bienes Inmuebles y Derechos Reales DRNA 15 informes de valoración 0 tasación estará sujeta a los requerimientos específicos de cada entidad.
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