Regl. 8816, art. XI-2
Trámite Procesal para establecer el Banco de Mitigación
Length: 410 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8816, Art. XI-2
La División de Bienes Inmuebles recibirá de la Oficina de SecretarÃa el Formulario BM-01, junto al recibo
de pago y la propuesta. La evaluación se realizará de la siguiente manera:
1. La División de Bienes Inmuebles evaluará en un plazo de cinco (5) dÃas laborables la
documentación presentada para determinar si contiene la información necesaria para que
las unidades de apoyo realicen el análisis y trámite correspondiente, luego de ser entregado
por la Oficina de SecretarÃa.
2. La División de Bienes Inmuebles referirá para evaluación, a los siguientes Negociados,
dependiendo de la propuesta presentada:
Reglamento de Adquisición de Bienes Inmuebles y Derechos Reales DRNA
49
a) Negociado de Endosos Ley Núm. 241, supra
b) Negociado de Permisos Ley Núm. 133, supra y Ley Núm. 292, supra
3. Ambos Negociados verificarán y referirán en un término de cinco (5) dÃas a las unidades de
apoyo, la documentación presentada para evaluación y comentarios.
4. Las unidades de apoyo tendrán un término de treinta (30) dÃas para presentar un informe
por escrito.
5. Cada Negociado evaluará, de forma independiente, los documentos y someterá su
recomendación al(a la) Secretario(a) Auxiliar de Permisos en relación con la aceptación 0
denegación del predio como Banco de Mitigación bajo la Ley Núm. 241, supra, Ley Núm.
133, supra y Ley Núm. 292, supra, en un término no mayor de veinte (20) dÃas.
6. El(La) Secretario(a) Auxiliar de Permisos presentará, en un término de cinco (5) dÃas, las
recomendaciones a la División de Bienes Inmuebles, de acoger o denegar la propuesta para
el establecimiento del Banco de Mitigación.
7. La División de Bienes Inmuebles notificará, en un término de cinco (5) dÃas a la parte
peticionaria, la determinación de acoger o denegar la propuesta por el DRNA.
8. De ser acogida la propuesta, la División de Bienes Inmuebles dará inicio al procedimiento
legal para el establecimiento de la Servidumbre de Conservación a Perpetuidad a favor del
DRNA, de haberse aceptado el predio como banco de mitigación en una 0 todas las leyes
solicitadas.
9. La División de Bienes Inmuebles mantendrá un expediente con toda la documentación
técnica utilizada para aceptar 0 denegar los terrenos como un Banco de Mitigación.
Reglamento de Adquisición de Bienes Inmuebles y Derechos Reales DRNA
50
10. El peticionario tendrá derecho a impugnar la determinación del DRNA por medio del inicio
de un procedimiento adjudicativo, el cual se regirá por lo dispuesto en el Reglamento de
Procedimientos de Adjudicación y Multas Administrativas del DRNA.