Regl. 8818, art. 2-2.09
- Publicación de consumo de servicio de electricidad de los municipios.
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Cite as Reglamento Núm. 8818, Art. 2-2.09
La AEE publicará mensualmente en su portal de Internet la información sobre el consumo
de servicio de electricidad de cada uno de los municipios. Dicha información incluirá, pero
no estará limitada a, el consumo total en kilovatio-hora (kWh) para dicho mes, el Tope
Máximo de consumo anual, el consumo acumulado durante el año fiscal corriente, el valor
monetario correspondiente al consumo mensual y el valor monetario acumulado durante el
año fiscal corriente.