Regl. 8818, art. 4-4.02

- Colaboración de la OEPPE con los municipios.

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Cite as Reglamento Núm. 8818, Art. 4-4.02

La OEPPE brindará colaboración técnica, libre de costo, a los municipios para ayudarlos a lograr las metas establecidas en este Capítulo.
Regl. 8818, art. 4-4.02: - Colaboración de la OEPPE con los municipios. | Justis AI