Regl. 8818, art. 5-5.11 dup2

- Responsabilidad de la AEE de cumplir con el plan de suspensión de

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servicio de electricidad a los municipios. La lista de orden de suspensión de los municipios, O en su defecto, el plan de suspensión de servicio de electricidad regido por la Sección 5.09 de este Reglamento, formará parte de todo acuerdo de servicio entre el municipio y la AEE. La AEE dará fiel cumplimiento a las disposiciones de este plan de suspensión del servicio de electricidad. La AEE no tendrá discreción en cuanto a la ejecución del plan, excepto en aquellos elementos que puedan afectar la confiabilidad y estabilidad del sistema de electricidad.
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