Regl. 3622, art. I-4.8
Educación Continua
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Cite as Reglamento Núm. 3622, Art. I-4.8
Actividad educativa diseñada y organizada para llenar unas
necesidades de los Médicos Veterinarios con el propósito de que se
adquieran, mantengan o desarrollen los conocimientos y destrezas
necesarias para el desempeño de sus funciones dentro de los más
altos niveles de competencia profesional.
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