Regl. 8826, art. VI

ADIESTRAMIENTOS

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Cite as Reglamento Núm. 8826, Art. VI

A. Al inicio de su nombramiento los empleados transitorios recibirán el adiestramiento en servicio indispensable para el desempeño eficiente de sus funciones. También serán orientados sobre las normas de conducta y disciplina, asistencia, medidas disciplinarias, sistemas de evaluación y demás normas vigentes en la agencia. B. Los empleados transitorios podrán participar de los adiestramientos que ofrece la Escuela de Educación Continua (EEC) de la OCALARH siempre que se compruebe que el mismo es indispensable para el desempeño eficiente de las funciones del empleado y que no se desplace la participación de un empleado de carrera. 20 Reglamento para la Administración de Empleados Transitorios C. Al nominar candidatos para participar en adiestramientos, las Autoridades Nominadoras son responsables de seleccionar a los empleados que ocupen puestos cuyos deberes estén directamente relacionados con su contenido.
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