Regl. 8826, art. VI
ADIESTRAMIENTOS
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Cite as Reglamento Núm. 8826, Art. VI
A. Al inicio de su nombramiento los empleados transitorios recibirán el adiestramiento en
servicio indispensable para el desempeño eficiente de sus funciones. También serán
orientados sobre las normas de conducta y disciplina, asistencia, medidas disciplinarias,
sistemas de evaluación y demás normas vigentes en la agencia.
B. Los empleados transitorios podrán participar de los adiestramientos que ofrece la Escuela
de Educación Continua (EEC) de la OCALARH siempre que se compruebe que el mismo
es indispensable para el desempeño eficiente de las funciones del empleado y que no se
desplace la participación de un empleado de carrera.
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Reglamento para la Administración de Empleados Transitorios
C. Al nominar candidatos para participar en adiestramientos, las Autoridades Nominadoras
son responsables de seleccionar a los empleados que ocupen puestos cuyos deberes estén
directamente relacionados con su contenido.