Regl. 8826, art. XIV
SEPARABILIDAD
Length: 94 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8826, Art. XIV
Si cualquier palabra, oración inciso, artÃculo o parte del presente Reglamento fuese declarado
nulo o inconstitucional por un tribunal de jurisdicción competente, tal declaración no afectará,
menoscabará o invalidará las restantes disposiciones y partes de este Reglamento, sino que su
efecto se limitará a la palabra, oración, inciso, artÃculo o parte especÃfica declarada
inconstitucional o nula y la nulidad o invalidez de cualquier palabra, oración, inciso 0 artÃculo
0 parte de este Reglamento en algún caso, no se entenderá que afecta o perjudica en sentido
alguno su aplicación o validez en cualquier otro caso.