Regl. 3622, art. I-6.6.1

Reglamento de educacion continua y registro para la recertificacion de los medicos veterinarios.

Length: 26 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3622, Art. I-6.6.1

Asistencia a actividades educativas aprobadas por la Junta y ofrecidas por proveedores designados por el Secretario. La aprobación de la Junta será requerida para toda actividad.
Regl. 3622, art. I-6.6.1: Reglamento de educacion continua y registro para la recertificacion de los medicos veterinarios. | Justis AI