Regl. 3622, art. I-6.6.2

Reglamento de educacion continua y registro para la recertificacion de los medicos veterinarios.

Length: 106 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3622, Art. I-6.6.2

Se otorgará créditos por la publicación de libros y artículos en revistas profesionales reconocidas en los que el profesional sea autor o coautor. U.E.C. Máximas Tarea 1 Es el único autor de un libro o artículo publicado en el área de la medicina veterinaria. .5 Es el editor de un libro publicado de lecturas en medicina veterina ria. .5 Es el editor de un libro publicado de lecturas en medicina veterinaria -10- 1 Es el coautor de un libro o artículo publicado de calidad académica. E1 Profesional será responsable de someter evidencia necesaria requerida por la Junta. La Junta evaluará cada caso independientemente para su acreditación.
Regl. 3622, art. I-6.6.2: Reglamento de educacion continua y registro para la recertificacion de los medicos veterinarios. | Justis AI