Regl. 8827, art. 5.2
Solicitud de Proceso Adjudicativo
Cite as Reglamento Núm. 8827, Art. 5.2
La solicitud que hace una parte adversamente afectada por una Determinación que impone una
multa administrativa deberá presentarse electrónicamente en la página de Internet de la
Oficina del Contralor Electoral y contener al menos la siguiente información:
1. Nombre completo del solicitante;
2. Nombre completo del comité, candidatura y partido de afiliación del solicitante.
3. Dirección y teléfono Deberán incluirse las direcciones fÃsicas, postales, correo
electrónico, número de teléfonos y fax de del solicitante asà como cualquier otra
información que lo identifique y sirva para corroborar su identidad;
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4. Número de Notificación de Multa Administrativa o Número de Querella;
5. Explicación detallada y clara de los hechos que dan origen a la solicitud según se detalla
a continuación;
(a) En todo caso la Determinación de la Junta imponiendo la Multa Administrativa
será para todos los efectos legales el pliego de imputaciones.
(b) El solicitante deberá exponer su posición en relación a cada una de las
imputaciones en su contra según se desprenden de la Determinación presentado
sus alegaciones y levantando las defensas que entienda le favorecen. Deberá
incluir todo documento que sirva de apoyo a su solicitud, si alguno, sin perjuicio
de producir documentos adicionales más adelante en el proceso. Si los
documentos ya forman parte del expediente administrativo, entonces bastará
con que los describa claramente, de forma que se puedan identificar en el
expediente.
(c) De no exponer su posición en cuanto a una o más de las imputaciones en su
contra, se entenderá que admite la imputación o imputaciones.
(d) De no levantar defensas afirmativas en cuanto a una 0 más de las imputaciones
en su contra, se tendrán por renunciadas, salvo que advenga en conocimiento de
la existencia de la misma durante el descubrimiento de prueba.
6. Disposición legal 0 reglamentaria en la que se basa la solicitud;
7. Remedio que solicita; y
8. Firma electrónica del solicitante, su representante 0 su abogado. En el caso de una
corporación, sociedad 0 entidad jurÃdica su representante podrÃa ser el Presidente 0 el
agente residente o cualquier otra persona que por resolución autorice la entidad,
incluyendo un abogado. En el caso de los comités su representante podrÃa ser el
fundador 0 presidente del comité o el tesorero o cualquier otra persona que el
presidente del comité autorice por escrito, incluyendo un abogado.