Regl. 8828, art. 6.008

REGLAMENTO PARA LA IMPOSICION DE MULTAS ADMINISTRATIVAS DE LA OFICINA DEL CONTRALOR ELECTORAL. EL PROPOSITO DE ESTE REGLAMENTO ES ESTABLECER LAS MULTAS Y SANCIONES ADMNISTRATIVAS LAS CUALES SERAN DE APLICACION UNIFORME A LAS PERSONAS Y ENTIDADES QUE INFRIJAN LAS DISPOSICIONES LEGALES O REGLAMENTARIAS BAJO LA JURISDICCION DE LA OFICINA DEL CONTRALOR ELECTORAL.

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Cite as Reglamento Núm. 8828, Art. 6.008

asociada a la información El pago de la multa no exime al infractor de devolver los omitida en los donativos de doscientos (200) dólares o más de los cuales récords. Cada no conservó la información de sus donantes. omisión constituirá una infracción. 37 6.010 El tesorero del comité no conservó todos los récords de Quinientos (500) los ingresos recibidos y de los gastos incurridos, ya sea en dólares por cada 6.011(d) cheque 0 petty cash, hasta que la Oficina emita el informe infracción final de la campaña electoral a la que corresponden los mismos. 38 6.009(a) El tesorero del comité no presentó puntualmente los De doscientos informes requeridos por la Ley. cincuenta (250) a quinientos (500) Esta infracción es independiente de la que comete el dólares por comité al no presentar los informes requeridos. infracción. 39 6.009(b) El tesorero no presenta el informe requerido por la Ley, De doscientos dando fe de su veracidad, so pena del delito de perjurio. cincuenta (250) a quinientos (500) dólares por infracción. 40 6.009(c) El tesorero no enmendó un informe luego de advenir en De doscientos conocimiento de errores u omisiones en el mismo. cincuenta (250) a quinientos (500) dólares por infracción. 41 6.011(a) Dejar de designar notificando a la Oficina del Contralor Mil (1,000) Electoral una sucursal de un banco autorizado para hacer dólares. negocios en Puerto Rico como su depositario exclusivo de campaña. La notificación a la que se refiere esta infracción, deberá realizarse dentro de los diez (10) días laborables 19 siguientes a la fecha de apertura de la cuenta bancaria. Incumplir con notificar oportunamente se considerará una infracción independiente sujeta a la multa administrativa que aquí se indica. 42 6.011(b) Mantener cuentas en más de una sucursal de un mismo Mil (1,000) banco 0 en bancos diferentes. dólares. 43 6.011 Realizar pagos en efectivo (incluyendo giros y cheques de El doble del pago gerente) en exceso de lo permitido por Ley. realizado. 44 6.011 No identificar al comité en las cuentas bancarias con su Doscientos nombre completo, según consta en la declaración de cincuenta (250) organización presentada ante la Oficina. dólares INFORMES Partidos políticos, aspirantes, candidatos, funcionarios electos 0 los agentes, representantes 0 comité de campaña o comités autorizados de cualquiera de los anteriores, candidatos a legislador municipal que recauden dinero 0 incurran en gastos electorales con fines electorales, al igual que los comités de acción política, comités municipales, comités de precinto, comités de fondos segregados y comités de gastos independientes 45 7.000(c) Dejar de radicar en la Oficina del Contralor Electoral la De doscientos notificación de un acto político colectivo, dentro de los cincuenta (250) a veinte (20) días laborables siguientes a la fecha en que se quinientos (500) haya celebrado cualquier actividad de recaudación de dólares. dinero o dentro de un término menor que se haya establecido por el ordenamiento. 46 7.000 Dejar de presentar o presentar luego de la fecha Quinientos (500) establecida para ello, los informes requeridos por la dólares la primera Oficina del Contralor Electoral sobre donativos o infracción y hasta contribuciones recibidas y de todo gasto incurrido, 0 un mil (1,000) las informe negativo si no recibió donativos ni incurrió en infracciones gastos. subsiguientes. Se entenderá que un informe de presentación recurrente 20 o periódica no fue radicado si el mismo es presentado ante la Oficina del Contralor Electoral, luego de las 11:59 p.m. del día 0 fecha en que se cumpla el término establecido en la Ley O por la Oficina del Contralor Electoral mediante Carta Circular para la radicación de los informes. En caso de que el término para presentar algún informe venza un día feriado 0 no laborable, se transferirá el mismo al próximo día laborable, a las 11:59 p.m., salvo que el Contralor Electoral se disponga otro término. 47 7.001 Dejar de presentar un informe sobre todo donativo o De cien (100) a contribución de mil (1,000) dólares 0 más recibido luego quinientos (500) del informe del 31 de octubre y antes del 15 de noviembre dólares por cada del año electoral dentro de las 24 horas luego de recibido. donativo dejado de informar. INFORMES DE GASTOS INDEPENDIENTES PERSONAS NATURALES 0 JURÍDICAS Y COMITÉS 48 7.002 (1)(a)(b) Realizar gastos independientes que por sí o en agregado De quinientos asciendan a mil (1,000) dólares 0 más, durante el periodo (500) a mil (1,000) que comprende menos de veinte (20) días para la dólares por celebración de una elección, y no presentar el(los) infracción, en caso informe(s) correspondiente(s) de gastos independientes de personas dentro de veinticuatro (24) horas de realizado el gasto o naturales. contratado para hacer el mismo, lo que ocurra primero. De cinco mil (5,000) a diez mil (10,000) dólares por infracción, en caso de personas jurídicas. 49 7.002(2)(a)(b) Realizar gastos independientes que por sí 0 en agregado De quinientos asciendan a cinco mil (5,000) dólares en cualquier (500) a mil (1,000) 21 momento en o antes del vigésimo (20mo) día antes de dólares por una elección y no presentar el(los) informe(s) de gastos infracción. independientes dentro de cuarenta y ocho (48) horas de realizado el gasto. FONDO ELECTORAL PARA GASTOS ADMINISTRATIVOS 50 8.005 Dejar de incluir un anejo al Informe de Ingresos y Gastos Doscientos (200) detallando los gastos con cargo al Fondo Electoral, dólares por incluyendo: fecha, nombre y dirección de la persona a infracción. quien se hizo el pago y el concepto. 51 8.005 No llevar una contabilidad completa y detallada de todo De mil (1,000) a gasto incurrido con cargo al Fondo Electoral. Para fines de dos mil quinientos esta infracción, el requisito de una contabilidad completa (2,500) dólares y detallada está sujeto a la definición provista en este por infracción. Reglamento para dicho término. Para efectos de determinar lo que será considerado como una contabilidad completa y detallada, la misma deberá contener como mínimo, sin que se entienda como una limitación, lo siguiente: Registro de gastos, facturas de gastos incurridos, copia de contratos u otras obligaciones, inventario de propiedad adquirida, registro de cuentas por pagar y conservar todos los documentos de respaldo. 52 8.003 Usar el Fondo Electoral para sufragar gastos no dirigidos a De dos (2) a cinco sostener la operación regular del partido 0 para sufragar (5) veces la gastos de campaña de candidatos. cantidad utilizada para sufragar gastos no dirigidos a sostener la operación regular del partido o para sufragar gastos de campaña de 22 candidatos. 53 8.004 No devolver al Contralor Electoral la propiedad adquirida Dos (2) veces el con el Fondo Electoral dentro del periodo de treinta (30) costo de la días luego que la CEE haya certificado los resultados de las propiedad elecciones generales en que el partido haya perdido su adquirida. Cada franquicia electoral o que el presidente 0 persona con el pieza de cargo de mayor jerarquía del partido certifique que el propiedad no partido ha dejado de existir. devuelta constituirá una infracción separada. FONDO ESPECIAL PARA FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑAS ELECTORALES 54 9.000 Usar el Fondo Especial para sufragar gastos no De dos (2) a cinco relacionados con la campaña del candidato a gobernador (5) veces la o del partido político para una elección general. cantidad utilizada para sufragar gastos no relacionados con la campaña del candidato a gobernador o del partido político para una elección general. Cada transacción constituirá una infracción. 55 5.003(b) Depositar un exceso de seiscientos mil (600,000) dólares El doble de la en donativos anónimos en la cuenta para pareo en el cantidad Fondo Especial. depositada en exceso. 56 9.009 No llevar una contabilidad completa y detallada de todo De mil (1,000) a gasto incurrido con cargo al Fondo Especial. dos mil quinientos (2,500) dólares 23 Para efectos de determinar lo que será considerado como por infracción una contabilidad completa y detallada, la misma deberá contener como mínimo, sin que se entienda como una limitación, lo siguiente: Registro de donantes e ingresos recibidos, registro de gastos, reconciliación bancaria, estados de banco, facturas de gastos incurridos, copia de contratos u otras obligaciones, copia de los cheques recibidos, copia de hojas de depósito, registro de cuentas por cobrar y demás activos, registro de propiedad adquirida, registro de cuentas por pagar y conservar todos los documentos de respaldo. 57 9.009 Dejar de incluir un anejo al Informe de Ingresos y Gastos De cien (100) a detallando los gastos con cargo al Fondo Especial, doscientos (200) incluyendo: fecha, nombre y dirección de la persona a dólares por quien se hizo el pago y el concepto. El pago de la multa no infracción. releva de su obligación de radicar el anejo. 58 9.001 Acogerse al Fondo Especial de Pareo 0 fondo voluntario Tres (3) veces la alterno y exceder los diez millones (10,000,000) de dólares cantidad de en gastos de campaña. exceso. 59 9.007 No certificar a la Oficina en 0 antes del quince (15) de julio De doscientos del año de las elecciones generales, el monto acumulado cincuenta (250) a de deudas que estén pendientes de pago al primero (1ro) quinientos (500) de julio del año de las elecciones generales. dólares por infracción. 60 9.007 Recaudar fondos para las deudas anteriores al primero De doscientos (1ro) de julio del año de las elecciones generales y no cincuenta (250) a depositarlo en una cuenta de una institución bancaria, quinientos (500) separada de las demás cuentas del partido. dólares por infracción. 61 9.007 Utilizar todo 0 parte del dinero recaudado para el pago de De quinientos las deudas anteriores al primero (1ro) de julio del año de (500) a mil (1,000) las elecciones generales para sufragar otro tipo de gastos dólares por que no sean las deudas previamente certificadas a la infracción. 24 Oficina. 62 9.007 No informar a la Oficina el nombre de la institución Doscientos financiera y el número de cuenta de banco para depositar cincuenta (250) los recaudos para el pago de las deudas que estén dólares pendientes de pago al primero (1ro) de julio del año de las elecciones generales. PERSONAS JURÍDICAS 63 5.006 Se prohíbe a una persona jurídica hacer donativos de sus Tres (3) veces la propios fondos en 0 fuera de Puerto Rico a partidos cantidad donada O políticos, aspirantes, candidatos, comités de campaña, 0 a diez mil (10,000) agentes, representantes o comités autorizados de dólares, lo que sea cualquiera de los anteriores, 0 a comités de acción política mayor. sujetos a esta Ley que hagan donaciones o coordinen gastos entre sí. 64 6.002 Dejar de notificar a la Oficina del Contralor el nombre de De mil (1,000) a la organización relacionada con un Comité de Fondo dos mil quinientos Segregado 0 un Fondo para Gasto Independiente. (2,500) dólares por infracción AGENCIAS DE PUBLICIDAD, MEDIOS DE COMUNICACIÓN y PRODUCTORES INDEPENDIENTES 65 7.003(a) Dejar de requerir a los partidos políticos, su candidato a' De doscientos gobernador y los comités de éstos, y cada comité de cincuenta (250) a acción política el Registro de firmas de las personas (500) dólares por autorizadas a contratar a nombre suyo tiempo y espacio infracción en los medios de difusión. 66 7.003(b) Llevar al aire 0 publicar una comunicación con fines De mil (1,000) a electorales sin contar con la Certificación de Registro de dos mil quinientos los partidos políticos, aspirantes, candidatos y a los (2,500) dólares comités de éstos, y a los comités de acción política, que por infracción. acredita que dicho comité está registrado en la Oficina del Contralor Electoral. 67 7.003(b) Dejar de presentar O presentar luego de la fecha Quinientos (500) establecido para ello los informes mensuales en el año dólares por una electoral sobre servicios prestados a los partidos, primera infracción 25 candidatos, aspirantes, a los comités de éstos 0 comités y hasta mil (1,000) de acción política o cuando realicen cualquier donativo 0 dólares por contribución en forma de bienes 0 servicios, tales como infracciones vehículos, estudios, encuestas u otros de cualquier subsiguientes. naturaleza, cuyo propósito sea promover el triunfo o la derrota de un partido 0 candidato. Se entenderá que un informe no fue radicado si el mismo es presentado ante la Oficina del Contralor Electoral, luego de las 11:59 p.m. del día diez (10) del mes siguiente a aquel cubierto por el informe. En caso de que el término para presentar algún informe venza un día feriado 0 no laborable, se transferirá el mismo al próximo día laborable, a las 11:59 p.m., salvo que se disponga otro término. 68 7.003(c)(d) Llevar al aire o publicar y en caso de una agencia de De tres mil (3,000) publicidad 0 productor independiente contratar para a cinco mil (5,000) llevar al aire o publicar una comunicación con fines dólares por electorales sin requerir al tesorero de los partidos infracción. políticos, candidatos a Gobernador o a los comités de éstos acogidos al Fondo Electoral o Fondo Especial, una certificación firmada y jurada por el tesorero so pena del delito de perjurio, que refleje que tal solicitud de pauta de anuncio o grupo de anuncios o difusión cuenta inequívocamente con los recursos económicos ya recaudados y depositados en el Departamento de Hacienda para sufragar el costo total de tal comunicación electoral 0 conjunto de éstas. 69 7.003(c)(d) Llevar al aire o publicar y en caso de una agencia de Tres veces el costo publicidad 0 productor independiente contratar para de la pauta llevar al aire O publicar una comunicación con fines financiada o diez electorales de un aspirante, candidato, partido, comité de mil (10,000) acción política O comité de cualquier otra naturaleza, sin dólares, lo que sea que se haya recibido de manos del solicitante, el pago mayor. correspondiente al total del gasto para el anuncio que solicitan sea pautado en medios de difusión. 26 70 7.003(e) Una agencia de publicidad, productor independiente 0 Tres veces el costo medio de comunicación que financia de su propio peculio de la pauta el costo de pautas de comunicación electoral de un financiada 0 diez partido político, aspirante 0 candidato a puesto electivo, mil (10,000) comité de acción política 0 comité de otro tipo que solicite dólares, lo que sea pautar comunicaciones electorales con el fin de impactar mayor. positivamente 0 negativamente en la elección de un candidato, aspirante o ideología de una elección general, candidatura o en una consulta, plebiscito o referéndum. 71 7.003(f) Una corporación 0 individuo dueño de los medios de Tres veces el costo difusión, acepta 0 lleva al aire pautas de comunicaciones de la pauta electorales para las cuales no se hayan cumplido financiada 0 diez estrictamente todos los requisitos dispuestos en el mil (10,000) Artículo 7.003 de la Ley 222. dólares, lo que sea mayor. 72 7.004 Llevar al aire 0 pautar una comunicación con fines De quinientos electorales sea oral, visual o escrita, ya sea por radio, (500) a mil (1,000) 7.007 televisión, televisión por cable 0 satélite, vía Internet, por dólares por cada 7.009 computadoras, periódico, revista, "billboard", envío por infracción. correo a quinientas (500) personas o más de un mismo tipo de mensaje, 0 cualquier otro tipo de anuncio político al público en general, sin incluir una declaración que indique: 1. Nombre de la persona 0 comité que pagó la comunicación y, de haberla, el nombre de cualquier organización relacionada a dicha persona o comité que es responsable por el contenido de este mensaje. Además, deberá cumplir con una de las siguientes, según el caso: 2. Si la comunicación fue coordinada, pagada y/o autorizada por un partido, aspirante, candidato, comité de 27 campaña 0 un comité autorizado por dicho partido, candidato, aspirante 0 sus agentes, la comunicación deberá indicar que ha sido coordinada, pagada y/o autorizada por dicho partido, aspirante, candidato, comité de campaña o comité autorizado. 3. Si la comunicación fue pagada por otras personas pero autorizada por un partido, aspirante o candidato 0 por un comité de campaña 0 autorizado por dicho partido, aspirante, candidato o sus agentes, la comunicación deberá indicar que ha sido pagada por dichas personas y autorizada por dicho partido, aspirante, candidato y sus comités. 4. Si la comunicación no fue autorizada por un partido, aspirante o candidato o por el comité de campaña o comité autorizado de dicho partido, aspirante o candidato, o sus agentes, la comunicación deberá indicar claramente el nombre, dirección física y dirección de internet de la persona que pagó por la comunicación y deberá indicar claramente que no fue autorizada por el candidato, aspirante, partido y sus comités. Dejar de incluir la declaración con la información antes descrita en audio cuando la comunicación se realiza por radio. Los medios de comunicación así como quien solicita la pauta responderán, de forma independiente, con la responsabilidad por violaciones a esta disposición 73 7.007(d) Vender un espacio en un medio de comunicación para Tres veces la fines de campaña política a una tarifa mayor a la cobrada diferencia entre por el uso del mismo espacio para otros fines. las tarifas, multiplicado por el número de instancias que se facturó o cinco (5,000) dólares, lo 28 que sea mayor. GASTOS INDEPENDIENTES EN LOS MEDIOS 74 7.006 Dejar de rendir ante la Oficina del Contralor Electoral el De quinientos informe requerido en el Artículo 7.006 de la Ley 222 a (500) a mil (1,000) toda persona que de ordinario no rinde informes, pero dólares, por cada que haga un desembolso que por sí o en el agregado infracción. exceda de cinco mil (5,000) dólares para sufragar los gastos directos de producir 0 transmitir una comunicación electoral durante cualquier año calendario. DISPOSICIONES GENERALES
Regl. 8828, art. 6.008: REGLAMENTO PARA LA IMPOSICION DE MULTAS ADMINISTRATIVAS DE LA OFICINA DEL CONTRALOR ELECTORAL. EL PROPOSITO DE ESTE REGLAMENTO ES ESTABLECER LAS MULTAS Y SANCIONES ADMNISTRATIVAS LAS CUALES SERAN DE APLICACION UNIFORME A LAS PERSONAS Y ENTIDADES QUE INFRIJAN LAS DISPOSICIONES LEGALES O REGLAMENTARIAS BAJO LA JURISDICCION DE LA OFICINA DEL CONTRALOR ELECTORAL. | Justis AI